Acuerdo de colaboración
entre el asesor y
el Grupo SMZ
Grupo SMZ implantará sin costo alguno para el asesor las cinco plataformas siguientes:
a) SMZdatos: para cumplir sus obligaciones en materia de protección de datos.
b) SMZdenuncias: para cumplir la Ley 2/2023.
c) Controlblanc: para cumplir sus obligaciones con respecto a la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales.
d) Supervisorjurídico: para estar exenta la asesoría (persona jurídica) de responsabilidad penal.
e) SMZproac: para disponer del obligatorio protocolo de acoso laboral y sexual.
1º
Con respecto a las pymes-clientes del despacho del asesor, Grupo SMZ también les implantará:
a) La plataforma SMZdatos, a las pymes del despacho que no tengan suscrito el obligatorio contrato de Encargado del Tratamiento con la asesoría.
b) La plataforma SMZdenuncias, a las pymes clientes del despacho que están obligadas a cumplir la Ley 2/2023 (por tener más de 49 trabajadores contratados).
c) La plataforma Controlblanc, a las pymes del asesor que estén obligadas a cumplir la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales (inmobiliarias, asociaciones, promotoras, empresas de juego, joyerías…).
d) La plataforma Supervisorjurídico, a las pymes que sean personas jurídicas y quieran estar exentas de responsabilidad penal.
e) La plataforma SMZproac, a las pymes que no dispongan del obligatorio “Protocolo de acoso laboral y sexual”.
2º
Los servicios contratados por las pymes del asesor estarán sujetos a la siguiente tarifa:
a) SMZdatos: 90 euros/año + IVA
b) SMZdenuncias: 90 euros/año + IVA
c) Controlblanc: 90 euros/año + IVA
d) Supervisorjurídico: 90 euros/año + IVA
e) SMZproac: Sin Costo
3º
Las condiciones de contratación serán las siguientes:
Grupo SMZ cobrará 90 euros/año + IVA por cualquier servicio contratado (a, b, c, d). Incluyéndose el servicio “e” sin costo.
Cuando la pyme contrate más de un servicio (por estar obligada a ello), las plataformas correspondientes a los mismos se facturarán a razón de 30 euros/año + IVA cada una de ellas.
4º
El asesor conjuntamente con el Grupo SMZ confeccionará una relación de las plataformas que sería necesario ofertar a cada pyme según sus características y circunstancias.
Dicha relación llevará los siguientes campos:
PYME – TELEFONO – PERSONA DE CONTACTO – SERV. (a) – SERV. (b) – SERV. (c) – SERV. (d) – SERV. (e)
5º
En base a la relación anterior, se enviará a cada pyme la información relativa a las plataformas ofertadas.
6º
El asesor deberá comunicar al Grupo SMZ las pymes que quieren contratar algún servicio.
7º
La implantación de las plataformas contratadas se realizará automáticamente y de forma online, con una mínima dedicación por parte de la pyme.
8º
Una vez realizada la implantación, el Grupo SMZ realizará los mantenimientos anuales que correspondan a los servicios contratados por la pyme.
9º
Grupo SMZ asistirá y dará soporte técnico o legislativo sobre cualquiera de las materias que tratan las plataformas implantadas.
10º
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